Tras las modificaciones implementadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social en la Modalidad 40 a partir del 22 de octubre de 2026, ha surgido entre trabajadores la inquietud sobre si la Modalidad 10 podría fungir como sustituto para mejorar sus pensiones. Los especialistas en materia de retiro son categóricos al señalar que ambas opciones responden a estructuras y finalidades completamente distintas, por lo que considerarlas intercambiables podría resultar en consecuencias financieras negativas. La Modalidad 10, denominada oficialmente Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del IMSS, está diseñada para trabajadores independientes que desean acceder a beneficios similares a los de empleados formales. Permite que profesionistas, emprendedores, comerciantes y personas sin relación laboral se registren ante el instituto a través de aportaciones proporcionales a sus ingresos. Por su parte, la Modalidad 40 o Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio sigue siendo una opción distinta con objetivos específicos. El Instituto realizó ajustes significativos en la Modalidad 40 que limitan considerablemente los beneficios anteriores. Ahora, trabajadores nuevos pueden cotizar únicamente con su último salario más una UMA, reduciendo el techo de 25 UMAs a aproximadamente 617 pesos diarios en 2026. Adicionalmente, se suspendió la retroactividad en esta modalidad y se requiere que todos los trámites sean digitales. Una restricción importante es que trabajadores independientes afiliados a la Modalidad 10 no pueden transferirse directamente a la Modalidad 40 para incrementar sus pensiones. Según expertos como Georgina Pérez, especialista en temas de retiro, confundir estas modalidades representa un riesgo significativo para el patrimonio pensionario de los trabajadores.
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