El Congreso debate dos iniciativas que modifican sustancialmente quién ejerce la autoridad sobre qué contenido permanece o desaparece de la red. Con argumentos centrados en defender derechos de autor, frenar la piratería y proteger la imagen institucional, legisladores y el Ejecutivo transfieren a plataformas y proveedores de Internet la responsabilidad de vigilar y moderar publicaciones. Esta transferencia genera incertidumbre jurídica para quienes desean publicar, parodiar, adaptar o distribuir contenidos. La primera propuesta, presentada ante la Cámara de Diputados por el Ejecutivo, reforma la Ley Federal del Derecho de Autor mediante cambios en el artículo 114 Octies y adiciones en los artículos 114 Nonies y 232 Septies. Su finalidad radica en intensificar la responsabilidad secundaria de los proveedores de servicios de Internet cuando sus usuarios cometen infracciones. Aunque existe actualmente un sistema de notificación y eliminación de contenido, la propuesta añade obligaciones cuando el proveedor incumpla requisitos legales, contribuya a la infracción, tenga conocimiento de ella, pueda controlarla u obtenga beneficio económico. Frente a multas potenciales de hasta 4.6 millones de pesos, las plataformas optarán por la cautela empresarial: eliminar primero y cuestionar después. Sin necesidad de prohibir explícitamente memes, parodias o videos transformados, la norma generará su desaparición. El 24 de septiembre, el Ejecutivo publicó en el Diario Oficial disposiciones complementarias al reglamento que detallan procedimientos de notificación y contranotificación. Estas normas incluyen bajo protección obras, interpretaciones, fonogramas, videogramas, emisiones y la imagen y voz de artistas. Existe un mecanismo de defensa mediante contranotificación que permite alegar excepciones de derechos de autor o dominio público. No obstante, existe una asimetría fundamental: borrar es instantáneo mientras recuperar tarda entre 10 y 15 días hábiles. Un contenido puede restaurarse legalmente pero haber muerto digitalmente. La segunda iniciativa, tramitada en el Senado, modifica el Código Penal Federal y la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial para fortalecer salvaguardas de propiedad intelectual y armonizar legislación conforme al T-MEC. El nuevo artículo 403 Bis constituye el punto más controvertido de estas reformas.
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